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REVISTA DE COMUNICACIONES LIBERTARIAS

Núm. 17-18

Sindicalismo revolucionario y autogestionario

MAURIZIO ANTONIOLI
Investigasdor de Historia del Movimiento Obrero y Sindical en la universidad de Siena. Coordinador de la FIOM de los orígenes al fascismo (De donato, 1979). Ha realizado varios ensayos sobre sindicalismo revolucionario: Bakunin entre sindicalismo revolucionario y anarquismo (en Bakunin cien años después). Antiestato, 1977

Esta intervención, redactada con motivo del próximo Convenio Internacional de Estudios sobre la autogestión, promovido por el «Centro de Estudios Libertarios G. Pinelli», no quiere ser una «relación» ni siquiera reservada a los estrechos márgenes de una revista (relación que requiere un amplio trabajo de investigación, verificación y análisis), sino, simplemente, el apunte de un discurso que habrá que desarrollar, sobre todo a partir de las aportaciones de otros participantes, y del conjunto de las propuestas que madurarán en torno a la iniciativa del Convenio.

SI BIEN toda la trayectoria del sindicalismo revolucionario –o mejor, del fenómeno histórico, y por tanto fechado, que se conoce con ese nombre–, está profundamente marcada por fuertes tensiones que hoy podemos definir como autogestionarias, sería, por lo menos impropio trazar una línea directa de unión entre sindicalismo revolucionario y autogestión.

Cierto que en el árbol genealógico de la autogestión no puede faltar el sindicalismo revolucionario, pero el mismo término de autogestión está, actualmente, cargado de tantos y tales significados y al mismo tiempo, en cuanto proyecto político, ha tenido que adecuarse a realidades socio-económicas tan complejas y dinámicas que hace casi invisibles sus lazos con el pasado.

Por otra parte, el sindicalismo revolucionario sólo muy raramente, en su momento de mayor auge o de más profunda incidencia sobre las masas, ha dirigido su mirada más allá de la práctica cotidiana o se ha planteado claramente al problema de la sociedad futura, de las formas y los modelos de reorganización social y productiva. En cuanto método de acción («el sindicalismo revolucionario no es una etiqueta que se adopta o se rechaza, es una práctica», recordaba Rosmer la víspera del primer conflicto mundial), ha concentrado su atención más sobre las formas inmediatas de lucha y de organización que sobre la post-revolución, no sospechando, ni remotamente, que sus propios objetivos de «emancipación de los trabajadores» pudieran alcanzarse en el cuadro de una sociedad capitalista y estatalista.

PERO precisamente porque el mañana se imaginaba como ruptura radical con el pasado, resultaba difícil superar la abstracción de ciertas consignas como el autogobierno de los productores o la organización de la sociedad sobre bases sindicales.

Es altamente significativo, por otra parte, que los sindicalistas franceses e italianos, en su fase de mayor vitalidad, se reagrupasen con base a un viejo trabajo de James Guillaume (Ideas sobre la organización social, 1876), volviendo a publicarlo unos y otros, los primeros en 1910 y los segundos en 1914 con el título Después de la revolución, y considerándolo todavía enormemente actual.

Incluso las formulaciones más interesantes y sugestivas sobre la sociedad futura –por ejemplo, las de Pierre Besnard en Los sindicatos obreros y la revolución social y en El Nuevo Mundo–, maduraban «fuera de su tiempo» y ésto, cuando a finales de los años veinte y en los treinta, por motivos diversos y complejos, el sindicalismo revolucionario estaba completamente en extinción con la única y notable excepción de la CNT española. Y no es una casualidad que, entre sus pocos predecesores, Besnard acabase por citar a los mismos Proudhon y Guillaume.

Pero si sobre el terreno de la organización de la producción, el sindicalismo revolucionario parece haber producido poco, quizá a causa de su carácter esencialmente práctico, su contribución a la elaboración de formas que podríamos definir de «democracia sindical» de «autogestión de las luchas», etc., ha sido notoria.

Sin tener la pretensión de afrontar el discurso en su globalidad, limitándolo en el tiempo (hasta la primera post-guerra), y en el espacio (Italia en particular), una investigación en esta dirección debería articularse en torno a estos tres puntos:

1. La actitud de los sindicalistas revolucionarios hacia la contratación colectiva.

2. La posición de los sindicalistas frente a los mecanismos decisorios internos del sindicato.

3. Los modelos sindicales propuestos por los sindicalistas.

Se trata de puntos específicos, de especial importancia no sólo para encontrar en el sindicalismo «histórico» los antecedentes de actitudes actuales, sino también, y sobre todo, porque el influjo sindicalista fue a menudo determinante en la modificación de las posturas de las corrientes «reformistas» del sindicato y las propias estructuras de los organismos sindicales.

I

LA RELACIÓN entre sindicalismo revolucionario y contratación colectiva, aspecto completamente olvidado por la historiografía contemporánea, puede parecer marginal si no se piensa en la importancia, y también en la novedad, que el fenómeno de la contratación colectiva (por fábricas, sectores, industrias) representaba en la primera década del siglo XX, junto al reconocimiento jurídico de los sindicatos, que, sin embargo, alternaba los momentos de gran interés con los de larga obsolescencia.

Aquella época era no sólo de la de los primeros auténticos contratos colectivos, sino también la de los intentos oe fijar normas que regulasen los modos y tiempos de la propia contratación. En la base de esta tendencia se encontraba el deseo de limitarla conflictividad, de poner un freno a lo que, en los países escandinavos, se llamaba «la acción directa», es decir el recurso a la huelga y al lock-out.

El contrato colectivo, de hecho, si bien empeñaba al patrón con respecto a determinados acuerdos, terminaba por vaciar de significado el arma de la huelga. Durante toda la duración del contrato, los únicos conflictos posibles eran aquellos relativos a la aplicación de los puntos establecidos (los llamados conflictos de derecho), por los cuales se tendía a preveer soluciones de acuerdo a través de instituciones con carácter privado o público (colegios arbitrales, tribunales de trabajo, etc.). En cada caso prevalecía la mediación, y el papel del sindicato se reducía a un rígido control de las instancias espontáneas para que no terminaran convirtiéndose en huelgas o suspensiones de trabajo, fuera y contra los acuerdos conciliadores.

La huelga debía de esta forma convertirse en el recurso extremo en casos de conflictos de intereses, ésto es cuando, al finalizar los contratos, las partes no consiguieran encontrar un acuerdo satisfactorio en las conversaciones preliminares. Una cosa, en fin, para descongelar a plazo fijo en casos de absoluta necesidad. En esta dirección se movía la contratación colectiva en los países europeos que, antes que los demás, tuvieron que afrontar la cuestión. Baste recordar el «acuerdo de diciembre» de 1899 entre DSF y DAF (central sindical y asociación patronal danesas), la convención de1902 entre LD y NAF (noruegos) y el «acuerdo de septiembre» de 1906 entre LD y SAF (suecos).

AL MISMO tiempo se abría camino, en el ámbito sindical, la tendencia a incluir en las cláusulas contractuales el closed-shop y la unión-shop (ejemplo típico, el contrato Itala-FIOM de octubre 1906), que llevaría al monopolio sindical de la fuerza del trabajo, monopolio del sindicato mayoritario naturalmente. Y si esta tendencia no conseguía afirmarse era sobre todo por la oposición del frente patronal que no pensaba perder ninguna de sus propias prerrogativas, en particular la libertad de contratación, que en aquella época significaba la posibilidad de pescar en la gran reserva de los parados.

Las actitudes sindicalistas a este respecto no eran compactas ni lineales, aunque es posible distinguir una primera fase de neta oposición a los contratos colectivos (hasta cerca de 1910), y una segunda fase en que las propias organizaciones sindicales estipulaban este tipo de contratos. Fue-ron muy interesantes los debates desarrollados en Italia con ocasión del ya mencionado contrato Itala-FIOM, donde las posiciones de clara intransigencia (De Ambris), se encontraban con actitudes difuminadas y no negativas en principio (el periódico «Lotta di classe» de Milán), y en Francia después del primer contrato colectivo, en octubre de 1909, por la sindicalista «Federation du Bâtiment», contrato que fue duramente criticado por los anarquistas y defendido por Jouhaux, Pericat y otros, como «reflejo de la fuerza del movimiento sindical».

En la segunda década del siglo, también la Unión Sindical Italiana, una vez constituida, tuvo que afrontar el pro- blema de la contratación colectiva, y no desdeñaba hacerlo, antes y después de la guerra mundial, aceptando en algunos casos incluso el arbitraje (el famoso «laudo» Salmoiraghi, por ejemplo, de 1913). No se renunciaba nunca, sin embargo (y también la CGDL tenía esta postura) a emplear la huelga en el período durante el cual estaba en vigor el contrato, a pesar de que en el pasado (1908), la Federación del Vidrio de la CGDL, de dirección sindicalista, había previsto un acuerdo en este sentido.

El sindicalismo organizado, en resumen, reconocía la necesidad de la contratación colectiva, pero rechazaba el transformarse en un instrumento de mediación y de control de la clase obrera, en el intento de mantener intacta su carga revolucionaria. Falta por ver en qué medida ésto fue posible o no, y eventualmente qué modificaciones produjo la aceptación de esta práctica, sobre el espíritu original del propio sindicalismo.

II

UNO DE los aspectos más notorios del sindicalismo revolucionario es sin duda su carga antiburocrática, su federalismo y el respeto a la espontaneidad de las masas. Pero, más allá del slogan, ¿cómo se realizaba todo ésto en concreto?

A pesar de su aparente simplicidad éste es uno de los temas más complejos de toda la trayectoria sindicalista y para conseguir hacer alguna aportación al respecto, sería necesario un minucioso análisis de las numerosas huelgas guiadas por los sindicalistas, en contraposición ala praxis del sindicato reformista. Naturalmente, una investigación de este género, solamente podría hacerse limitada a determinados períodos y localidades: por ejemplo, la línea seguida por la Cámara del Trabajo de Parma de 1907 a 1914, o el sindicalismo milanés entre 1904 y 1914, y entre 1918 y 1922, y así sucesivamente.

En principio hay que tener en cuenta la aceptación del fenómeno de las huelgas espontáneas por parte de los sindicalistas, contrariamente ala posición adoptada generalmente por los reformistas. Lo que no significaba aprobación incondicional de este método, sino la convicción de que el sindicato no debía, en cualquier caso, abandonar y dejar aisladas, manifestaciones de este género. En más de una ocasión (se puede recordar la huelga general milanesa de 1907, y numerosas huelgas de empresas o sectores en 4913-14, también en Milán), los sindicalistas se expresaron en contra de la oportunidad de recurrir a la huelga, pero preferían, con las cosas en marcha, insertarse en la lucha.

En todo caso, mientras el sindicato reformista -típico ejemplo, la FIOM-, intentaba hacia el final de la primera década del siglo, imponer a sus propias leyes rígidos vínculos periféricos (autorización previa de la dirección central) para limitar la conflictividad, los sindicalistas revolucionarios reconocían la mayor autonomía a los organismos locales y de empresa. Salvo en el caso de huelgas generales provinciales o nacionales, la que se pronunciaba al respecto era siempre la base.

PERO también tomaba la base la decisión de iniciar una huelga, de proseguirla o interrumpirla y se le consultaba constantemente en asamblea, bien de fábrica, de sector, o de ciudad, sin hacer distinción entre trabajadores organiza-dos o no, como solían hacer las federaciones o las leyes confederales. Las organizaciones sindicalistas, a pesar detener sus propios afiliados, sus sedes y sus «funcionarios», constituían una realidad elástica siempre abierta a la aportación de los no-organizados.

Esta práctica -basta recordar las imponentes asambleas de trabajadores milaneses en el Parque Ludovica en 1913-, terminaba siendo adoptada, en algunas ocasiones, por los organismos reformistas. En 1913, la FIOM de Torino, desautorizada el año anterior por los trabajadores de base por haber estipulado un convenio con las empresas automovilísticas sin consultar a la base, se vio obligada a aprobar un estatuto de asambleas de fábrica, con la intervención incluso de los no-organizados.

Hay que decir también que las organizaciones sindica-listas utilizaban personal asalariado, exactamente igual que las otras. Normalmente, los cuadros dirigentes, eran organizadores profesionales, a menudo itinerantes de una Cámara del Trabajo a otra, de un sindicato o de una liga a otra. Son bastante raros los casos -se puede recordar el de Di Vittorio en Cerignola-, de líderes locales o nacionales salidos de la base. Unica excepción, los ferroviarios y, parcialmente, los vidrieros. De todas formas, esta práctica en Italia no fue nunca contestada ni siquiera por los anarquistas, visceral-mente contrarios a crear profesionales de la organización sindical. Ni siquiera los durísimos ataques de Luigi Bertoni y de los anarquistas franceses ala oligarquía de las «permanentes», que alcanzaron cotas agudas en 1913, consiguieron eco en Italia más que entre los anarquistas antiorganizativos, hostiles al sindicato. Numerosos anarquistas italianos ocuparon puestos de relieve en las Cámaras del Trabajo, en la Unión Sindical Italiana, en las propias organizaciones confederales. Entre éstos, Aristide Ceccarelli, secretario de la Cámara del Trabajo de Roma a principios de siglo, Meschi, secretario de la CDL de Carrara, Rho, secretario de la Federación Italiana de Obreros Textiles, Borghi, secretario de la USI, Sacconi, secretario de los mineros de la USI, Ferrero, secretario de la FIOM de Torino, Stagnetti, secretario del Sindicato de Transportes Secundarios de la CGDL, etc.

III

EN CUANTO a los modelos sindicales, éste es el campo en que el sindicalismo expresó su mayor creatividad. También sería demasiado largo de tratar ahora, y lo he tratado hace algunos años (ver «Investigaciones históricas», 1975, núm. 1). Sin embargo, es posible, afrontar, en síntesis, el tema.

Como se sabe el sindicalismo revolucionario, profundamente federalista y anticentralista, encontró su expresión inicial en las Bolsas de Trabajo, en la instancia horizontal donde tenía lugar la recomposición de aquella realidad fragmentada que era el trabajo organizado sobre la base del oficio. Era la Bolsa de Trabajo la que se entendía como momento de superación del corporativismo, y daba dimensión social a las luchas de sector laboral, en una fase en que los organismos de resistencia eran típicamente profesionales.

En la segunda década del siglo, sobre todo en las áreas de alta industrialización y elevada concentración obrera donde la vieja ley de oficios estaba desapareciendo frente ala progresiva descualificación del trabajo y a la parcelación de las factorías, los sindicalistas desplazaban su propia acción del territorio a la fábrica. No es que se despreciase la función del organismo territorial, Bolsa de Trabajo o Unión Sindical en Italia, sino que era el lugar de trabajo sobre el que se hacían los mayores esfuerzos.

DESAPARECÍA por tanto, en parte, el localismo inicial (pero no el federalismo), y se iba proyectando la constitución de los sindicatos de industria, que no debían ser la simple suma de las leyes locales de oficio (los inscritos en una determinada categoría de un centro particular), sino la unión de los organismos de fábrica. En 1911 Filippo Corridoni ponía en marcha, en Milán, la formación de una ley única de fábrica, cuyo acierto era el de reunir a todos los trabajadores de una misma unidad productiva, independientemente de sus funciones, niveles salariales, etc.

Era, en definitiva, una forma de intentar superar la barrera existente desde siempre entre las diversas categorías y, sobre todo, entre organizados y no-organizados. El sindicato de industria tendría, por tanto, que agrupar a los diferentes núcleos de la empresa, primero sobre una base provincial y luego nacional. Sólo de esta forma, según los sindicalistas, sería posible constituir sólidos organismos centrales sin sacrificar la autonomía de las realidades singulares de base. Antes de la primera guerra mundial se avanzó la propuesta (hecha por Gionanni Baldazzi, anarquista organizador de los IWW estadounidenses), de transformar las viejas Comisiones Internas, expresiones por empresas del sindicato de oficio, en órganos representativos de toda la fábrica, sin distinción entre organizados o no, y sin «listas» sindicales. Idea que sería propuesta de nuevo, y con mayor éxito, por los «delegados» turineses en la primera post-guerra.

Esta línea, sostenida claramente en el II Congreso de la USI en 1913 fue posteriormente especificada y profundizada, tras la primera guerra mundial. Un análisis sobre el sindicalismo revolucionario postbélico italiano, está todavía por hacer. Los estudios más recientes sobre el tema no han superado, en general, la fecha de 1914. Por tanto, resulta extremadamente dificil aventurarse en este terreno. Bastará recordar la insistencia de los sindicalistas de la USI sobreestos aspectos organizativos: Armando Borghi, en su ponencia en el III Congreso de la Unión Sindical (1919), trazaba un paralelismo entre IWW y sindicalismo italiano, y hablaba de «organización que quiere desplazar a la fábrica el epicentro de la acción directa del proletariado, para la inmediata defensa y para la toma de posesión». Aún más explícito, Alibrando Giovannetti que, en el IV Congreso de la USI (1922), proponía lo siguiente:

a) Constitución del sindicato entre los obreros de cada fábrica o empresa.

b) Agrupación local de los varios sindicatos obreros de fábrica, por cada industria.

c) Constitución de un único sindicato de industria en aquellos centros en que el número de obreros de cada departamento es exiguo.

d) Adhesión, de hecho o de derecho, de los sindicatos locales a la organización nacional de industria, conservando la autonomía de los sindicatos para cualquier actividad y para los movimientos que no implican a otras industrias o a otros centros industriales, o que revistan un carácter general de clase.»

SE TRATABA, en definitiva, de formas organizativas que habrían debido preparar el terreno para la toma de posesión y la gestión de los medios de producción. Lo que no se decía claramente, era cómo. Y por ésto, a menudo, el sindicalismo revolucionario se quedaba más acá de la autogestión verdadera y propia; sin embargo, no hay que dejar de lado su tendencia a la «democracia directa» en el ámbito sindical, y no sólo como descubrimiento –hoy tan de moda–, de las «raíces» de cada fenómeno, sino porque muchos de los problemas planteados por el sindicalismo revolucionario reaparecen en el interior del sindicato actual y es impensable hablar de autogestión, en el campo industrial y productivo, sin tener en cuenta la realidad, la importancia y la fuerza del movimiento, y de la organización sindical en nuestros días.

M. A.

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